Desvincular es el término de moda, eufemismo técnico para nombrar al viejo despido. La información de términos de contratos en Departamentos dependientes del Gabinete del Ministro de Salud ha fluido lentamente las últimas semanas, contrastando con los llamados a la tranquilidad realizados por las autoridades.
Lamentamos informar que valiosos y queridos compañeras y compañeros de trabajo, caracterizados por su calidad humana, compromiso con las tareas del Ministerio, y en algunos casos, con una larga trayectoria dentro de la salud pública de nuestro país, han sido despedidos a partir del 30 de abril de nuestra institución.
Cabe señalar que ninguno de los afectados es directivo o asesor, los tres son funcionarios a contrata. Las autoridades no han dado a conocer hasta el momento ninguna evaluación o estudio de cargos que justifique los despidos.
Se trata de Ana María Vidaurre, relacionadora pública con 14 años de trabajo en el Ministerio, valorada y estimada por su seriedad, alto nivel técnico de su trabajo y por la permanente buena disposición en su quehacer en el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas.
Por otra parte, Marcia Videla, periodista, también fue informada de su término de contrato a partir del 30 de abril. Marcia desarrolló su trabajo profesional en el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas. Destacamos el permanente apoyo de Marcia a las actividades de la AFUMINSAL.
El último despido del cual la Asociación tomó conocimiento es el del querido y conocido doctor Antonio Cavalla, del Departamento de Estudios. Tuco para los amigos, el Dr. Cavalla tiene una larga trayectoria en el sistema público, como pediatra y ser pensante, además de ser conocido como escritor y ser humano solidario y sensible a las necesidades que emanan de la injusticia.
Damos desde aquí un abrazo fraterno a cada uno de nuestros compañeros y compañeras despedidos. Los que quedamos seguiremos exigiendo ante las nuevas autoridades trasparencia y objetividad en la evaluación y trato hacia los funcionarios del Ministerio en la compleja etapa de instalación del nuevo gobierno.
Como Directiva de la AFUMINSAL nos encontramos a la espera de una nueva reunión con la jefa de Gabinete del Ministro Mañalich, para solicitar explicaciones respecto a estos despidos, los que escapan del ambiente de confianza y tranquilidad al que nos han llamado las nuevas autoridades.
martes, 30 de marzo de 2010
INFORMACION SOBRE BONO SOLIDARIO LEY 20.428 del 24.03.2010
Se informa que el Bono Solidario establecido en la Ley 20.428 del 24.03.2010, se otorgará a los beneficiarios de asignación familiar y maternal, por cada causante que tengan acreditados al 31.12.2009, por los que perciban monto pecuniario de asignaciones familiares.
Cabe recordar que para haber tenido derecho al monto pecuniario, el beneficiario ha debido tener un ingreso promedio mensual igual o inferior al límite máximo establecido en el art. 1º de la Ley 18.897, esto es, a $457.954, durante el semestre enero a junio de 2009.
Es preciso indicar que el monto del Bono Solidario es de $40.000 por cada causante de asignación familiar o maternal.
Sobre la forma y fecha de Pago
Conforme a lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 1º de la Ley 20.428, corresponderá que las instituciones públicas centralizadas y descentralizadas, paguen directamente a sus funcionarios beneficiarios de asignaciones familiares o maternales que cumplan con los requisitos para impetrar el bono.
La Superintendencia de Seguridad Social hará llegar a cada institución una o más nóminas con la individualización de los beneficiarios y el monto del bono que les corresponde a cada uno, conforme al número de causantes de asignación familiar o maternal, y la individualización de éstos, que hubiesen tenido acreditados en el sistema SIAGF al 31.12.2009. Estas nóminas se elaborarán por parte de SUSESO con la información ingresada al SIAGF contrastada con la información enviada por nuestra la institución.
En el caso de la Subsecretaría de Salud Pública (nivel central y SEREMIS) y Redes Asistenciales (nivel central), que recuperamos el gasto de asignaciones familiares a través de Tesorería General de la República, los recursos nos serán proporcionados por dicha entidad. Para tal efecto, SUSESO informará a Tesorería el monto máximo a traspasar a nuestras instituciones por concepto de este bono extraordinario.
Asimismo, SUSESO ha difundido a través de su página Web, según se lo instruye la Ley 20.428, referente al bono, que “A los trabajadores dependientes del sector público, su institución le incluirá el bono en sus remuneraciones de abril”.
Cabe recordar que para haber tenido derecho al monto pecuniario, el beneficiario ha debido tener un ingreso promedio mensual igual o inferior al límite máximo establecido en el art. 1º de la Ley 18.897, esto es, a $457.954, durante el semestre enero a junio de 2009.
Es preciso indicar que el monto del Bono Solidario es de $40.000 por cada causante de asignación familiar o maternal.
Sobre la forma y fecha de Pago
Conforme a lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 1º de la Ley 20.428, corresponderá que las instituciones públicas centralizadas y descentralizadas, paguen directamente a sus funcionarios beneficiarios de asignaciones familiares o maternales que cumplan con los requisitos para impetrar el bono.
La Superintendencia de Seguridad Social hará llegar a cada institución una o más nóminas con la individualización de los beneficiarios y el monto del bono que les corresponde a cada uno, conforme al número de causantes de asignación familiar o maternal, y la individualización de éstos, que hubiesen tenido acreditados en el sistema SIAGF al 31.12.2009. Estas nóminas se elaborarán por parte de SUSESO con la información ingresada al SIAGF contrastada con la información enviada por nuestra la institución.
En el caso de la Subsecretaría de Salud Pública (nivel central y SEREMIS) y Redes Asistenciales (nivel central), que recuperamos el gasto de asignaciones familiares a través de Tesorería General de la República, los recursos nos serán proporcionados por dicha entidad. Para tal efecto, SUSESO informará a Tesorería el monto máximo a traspasar a nuestras instituciones por concepto de este bono extraordinario.
Asimismo, SUSESO ha difundido a través de su página Web, según se lo instruye la Ley 20.428, referente al bono, que “A los trabajadores dependientes del sector público, su institución le incluirá el bono en sus remuneraciones de abril”.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)